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La seguridad social reconoce que los autónomos tienen derecho al subsidio de 52 años

Actualizado: 12 ene 2021

La Seguridad Social ha reconocido que los autónomos, al igual que los trabajadores por cuenta ajena, y siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto Ley 8/2019, pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años. Una instrucción interna de la Seguridad Social ha podido estar impidiendo a los autónomos acceder a esta prestación. Estos subsidios experimentaron un cambio importante en marzo de 2019, cuando se redujo la edad mínima de 55 a 52 años, relajándose además las condiciones para solicitarla.


"No hay ninguna disposición, circular o instrucción que tenga un valor superior a la norma" Alberto Ara (abogado laboralista)

¿Quién puede solicitar esta ayuda?


Toda persona trabajadora por cuenta ajena o propia que haya agotado la prestación o subsidio por desempleo, tenga más de 52 años y cumpla los demás requisitos establecidos en el Real Decreto 8/2019, de 8 de marzo.


¿Cuánto es y cuánto dura el subsidio?


La cuantía a cobrar será un 80% del IPREM, es decir 430, 27 euros en 2020. Si se cumplen todas las condiciones, se podrá recibir esa cantidad mensual hasta llegar a la edad mínima para solicitar la pensión por jubilación.


Requisitos para solicitar la ayuda


En la página del SEPE se pueden ver todos los requisitos que se deben cumplir para poder recibir la ayuda. Destacan:

  • Tener más de 52 años en el momento de la solicitud de la prestación.

  • Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio de desempleo.

  • Estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo.

  • No tener rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

  • Acreditar que se cumplen todos los requisitos para solicitar una pensión de jubilación, salvo la edad. Se debe tener una cotización acumulada a la seguridad social de un mínimo de 15 años.

Mejoras con respecto a las ayudas para autónomos mayores de 55 años

  • Cambio de la edad mínima de 55 a 52 años.

  • Tiene en cuenta las rentas del solicitante y no las de la unidad familiar.

  • Permite acceder al subsidio a quienes agotaron el paro antes de cumplir 52 años.

  • Desaparecen los cobros parciales.

  • Aumenta la cotización para la jubilación. En vez de una base del 100%, se emplea base del 125 %.


Referencias


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